Esta obra analiza el régimen vigente de la Junta de Acreedores en el procedimiento concursal, intensamente afectado por varias de las ya numerosas reformas llevadas a cabo con posterioridad a la promulgación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, en particular, las introducidas por el Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, y por las Leyes 13/2009, de 3 de noviembre, y 38/2011, de 10 de octubre. La finalidad de simplificación de los órganos del concurso, proclamada por la Ley Concursal, no ha significado la desaparición de la.
Autor. María José Morillas Jarillo es Catedrática de Derecho Mercantil en la
Universidad de Granada. Ver libros del autor Librería Dykinson - La junta de acreedores en el concurso | Morillas Jarillo, María
José | 978-84-9004-926-6 | Esta obra analiza el régimen vigente de la Junta Esta obra analiza el régimen vigente de la Junta de Acreedores en el
procedimiento concursal, intensamente afectado por varias de las ya numerosas
reformas La junta de acreedores en el concurso: María José Morillas Jarillo: Amazon.com.
mx: Libros. Esta obra analiza el régimen vigente de la Junta de Acreedores en el
procedimiento concursal, intensamente afectado Autor/es: María José Morillas
Jarillo. Comprar el libro La junta de acreedores en el concurso de María José Morillas
Jarillo, Editorial Tirant Lo Blanch (9788490049266) con descuento en la librería
[ Morillas Jarillo, María José; ]. Esta obra analiza el régimen vigente de la Junta
de Acreedores en el procedimiento concursal, intensamente afectado por varias
La junta de acreedores en el concurso: Amazon.es: María José Morillas Jarillo:
Libros. Esta obra analiza el régimen vigente de la Junta de Acreedores en el
procedimiento concursal, intensamente afectado por varias de las ya numerosas
reformas La junta de acreedores en el concurso eBook: María José Morillas Jarillo:
Amazon.com.mx: Tienda Kindle.
Sunday, March 17, 2019
Download La junta de acreedores en el concurso (pdf) María José Morillas Jarillo
Subscribe to:
Post Comments (Atom)
No comments:
Post a Comment
Note: Only a member of this blog may post a comment.